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Concurso Necesario

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¿Qué es?

“El concurso de acreedores es el procedimiento judicial por medio del cual el deudor común procede al pago ordenador de los créditos adquiridos respecto de sus acreedores.”

En primer lugar, es necesario establecer el significado de las palabras para poder entender el porqué de esta denominación:

  • Concurso: concurrencia, conjunto de personas.
  • Deudor: Que debe, o está obligado a satisfacer una deuda.
  • Común: comunidad, conjunto de personas vinculadas por características o intereses comunes.

Por lo tanto, se trata de un procedimiento en el que un conjunto de personas, con unas características comunes (el ser acreedores del mismo deudor), concurren al procedimiento para cobrar sus créditos del concursado.

Resulta claro que lo ideal sería que, sin pasar por el Juzgado, el deudor pudiera solucionar sus problemas de insolvencia mediante acuerdos con todos sus acreedores.

La necesidad de que este procedimiento se tramite en los Juzgados responde a la imposibilidad de alcanzar acuerdos con todos los acreedores y, sobre todo, a la necesidad de que éste esté controlado por un órgano externo que designa el juzgado y que defiende los intereses de los acreedores, la Administración Concursal.

El concurso necesario lo insta un acreedor al que la empresa “insolvente” le adeuda algún crédito que se encuentra total o parcialmente vencido.

La solicitud de concurso necesario se fundamenta en

  • El sobreseimiento general en el pago de obligaciones del deudor.
  • Embargos por ejecuciones pendientes sobre el patrimonio del deudor